Te Deum con cautelares en Colombia

          El Te Deum es una celebración católica que tiene como finalidad “dar gracias a Dios por los beneficios concedidos a los fieles”, y se realiza en la Catedral Primada de Bogotá, cada 20 de Julio dentro de las actividades oficiales por la independencia de Colombia. De manera similar se hace en Chile, el 18 de septiembre de cada año, aun cuando en este caso tiene un carácter ecuménico, y previamente se hace algo similar en la Catedral Evangélica de la Iglesia Pentecostal.

         Según lo informado por Elespectador.com (04/01/17), Colombia, el 20 de julio próximo, podría no ser escenario de un nuevo Tedeum. El magistrado del Consejo de Estado, Roberto Serrato, confirmó las medidas cautelares emitidas por la Sección Primera del Consejo de Estado por medio de las cuales se suspendieron provisionalmente las celebraciones del Te Deum.

          Tras resolver una acción presentada por la Cancillería colombiana en sentido contrario, el magistrado Serrato consideró que no existían méritos para levantar las medidas emitidas por la Sala mientras se toma una decisión de fondo en la demanda presentada en contra de la celebración religiosa por considerarla una violación a la figura del Estado Laico.

          La Cancillería sostuvo que el máximo tribunal citó la audiencia para el 5 de junio de 2017 para emitir una decisión final en este complejo debate jurídico, seis semanas antes de la celebración del Te Deum. Esto impediría la preparación del evento, de recibirse un fallo favorable a los intereses protocolares

          El abogado Miguel Ángel Garcés Villamil argumentó en su acción de nulidad, que esta celebración, que se realiza con la participación del Presidente de la República, vulnera el principio de Estado laico que reconoce la Constitución Política de 1991.

          El jurista aseguró que el decreto 770 de 1982, que establece el reglamento de protocolo y ceremonial del Presidente de la República, se emitió en el momento en el que la Constitución establecía la “Región Católica, Apostólica, Roma” como la religión de la Nación, situación que se modificó en la carta política actual que protege la libertad de cultos.

          Garcés Villamil sostiene el presidente de la República debe representar y simbolizar “el pluralismo y la convivencia igualitaria y libre de las distintas creencias, por lo que su participación en la celebración de una liturgia de la Iglesia Católica, en calidad de Jefe de Estado, resulta contraria al principio de neutralidad en materia religiosa».

         El desconocimiento de los principios del Estado laico han llevado a que el Consejo de Estado tome la decisión de dictar las medidas cautelares. “Deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”.

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