Laicidad frente a privilegios y hegemonía

Dos hechos en favor de la laicidad y en contra de las hegemonías que pretenden imponer los credos religiosos, a costa de ciertos privilegios, se pueden citar en los días recientes.

El primero corresponde a una encuesta realizada por el periódico HuffingtonPost.es, en virtud de que “una de las polémicas de la semana ha llegado de la mano de Unidos Podemos y su propuesta de eliminar los oficios religiosos de las televisiones públicas. El partido de Pablo Iglesias considera que este tipo de oficios deben emitirse, en todo caso, en televisiones privadas, lo que ha generado una reacción contraria de quienes defienden la emisión de la misa en TVE”.

La encuesta entre los lectores del periódico ha señalado un 70% en favor de la negativa a seguir con esas emisiones religiosas en la TV del Estado.

 

El segundo hecho, es el ocurrido en Colombia, y es informado por eluniversal.com.co, producto de un dictamen de un juzgado de la ciudad de Cartagena el cual anuló parte del polémico Acuerdo de 2007 que establecía la oración y el abrazo fraterno en el Concejo Municipal y en centros educativos como medida para «la recuperación de los principios religiosos» en dicha ciudad.

Se trata del Acuerdo No. 005 de dicho año que generó una amplia controversia por establecer en su primer artículo la oración y el abrazo fraterno al “inicio de todas las actividades diarias en las entidades del Gobierno Local, empresas públicas y privadas, instituciones educativas, batallones militares, centros comerciales y emisoras, estaciones de taxis, organizaciones gremiales, asociaciones y en familia”.

El juzgado anuló dicho artículo, así como el segundo que establecía la oración en actos públicos y masivos el día de la fundación de Cartagena; y el artículo cinco que disponía como obligatorio lo propio para las instituciones educativas de preescolar, básica primaria, secundaria, tanto para estudiantes como para docentes.

Igualmente, se anuló una parte del artículo tercero que establecía un programa de “restauración” de los hogares mediante jornadas espirituales y religiosas, con el énfasis de la creencia cristiana.

El dictamen señaló que la expedición de un acuerdo de carácter general para instaurar la costumbre de la oración “no puede ser un asunto de Estado, en este caso representando por el Concejo Distrital de Cartagena, pues ello quebrante los principios de laicidad y neutralidad religiosa del Estado e implica una extralimitación en el ejercicio de sus unciones en tanto interfiere con las creencias individuales, íntimas y particulares de las personas, con mayor gravedad en tanto pretende su aplicación en colegios e instituciones educativas en donde afectarían a menores de edad”.

Ninguno de estos hechos ha puesto en discusión las creencias de las personas, sino la forma como determinada creencia quiere usar las institucionalidad política y la tradición en función de la hegemonía de su credo.

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