Senador Espina y el aborto en menores de 14 años

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espinaEn opinión del senador Alberto Espina (en la foto), una menor de 14 años puede tener relaciones sexuales consensuadas. Así lo habría señalado en declaraciones formuladas en torno al debate sobre aborto por tres causales en la Comisión de Constitución del Senado. Sus palabras son recogidas por el medio LaTercera.com (19/06/17): “Lo que yo he sostenido es que si una menor de 14 años no ha sido parte de una agresión física y tuvo una relación consensuada, el padre debe ser consultado, y si se él se opone, su opinión debe prevalecer”.

Seguramente ello sobre la base de la capacidad de discernimiento que ha considerado la ley chilena, para menores de entre 14 y 16 años, dado que no se explicaría dentro de otro contexto, ya que los organismos internacionales consideran a una menor de 14 años, precisamente en condiciones de protección propias de la infancia que la ley debe proveer bajo cualquier condición.

No especifica tampoco la información si el senador considera excepción para esa decisión la eventualidad de que la menor esté embarazada producto de violación paterna, o con complicidad del padre o madre, como ha ocurrido en casos emblemáticos ocurridos en el pasado en nuestro país.

La opinión del senador no deja de ser polémica y ha provocado reacciones de las organizaciones femeninas, las que indican que estos casos generalmente se producen bajo las dramáticas condiciones de la pobreza y de la marginalidad.

En definitiva, la Comisión – dice el medio indicado – resolvió que la opinión de los padres no será vinculante ni decisiva en los casos de menores de 14 años que decidan interrumpir su embarazo, pese a que será recogida como parte del análisis que deberán realizar los tribunales, antes de emitir una resolución en un plazo no mayor a 48 horas.

La iniciativa plantea que este grupo, además de manifestar su voluntad, debe contar con la autorización de uno de sus padres para llevar a cabo el procedimiento. Sin embargo, en casos de oposición de éstos y de no existir un representante legal,  asistida por un integrante del equipo de salud, la niña podrá solicitar a un juez de familia que constate la ocurrencia de la causal de violación.

Desde luego, la Comisión no ha acogido distintas recomendaciones internacionales de protección de los niños, en situaciones de embarazo, ante sus incapacidades físicas y síquicas para afrontar la maternidad.

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