Imagen tomada de: https://images.clarin.com/2015/07/30/HJZwdoGRXx_930x525.jpg
Redacción de Iniciativa Laicista
Esta semana, el máximo tribunal de Argentina declaró inconstitucional la Ley Provincial de Educación que incorporaba la enseñanza de religión en las escuelas públicas de Salta. Este fallo responde a la denuncia de algunos padres que consideran que los alumnos que no quieren tener clases de religión sufren de discriminación.
La sentencia se basa en el carácter laico de la educación pública argentina, establecido por una ley que ya cumplió 133 años, base del sistema escolar público, obligatorio y gratuito de esa nación. La Provincia de Salta, donde la religión católica es mayoritaria, había desafiado dicha ley, imponiendo la obligatoriedad de la educación religiosa en el plan de estudios y la exigencia de rezar a los alumnos al inicio de las clases.
En el fallo se hace ver que “es habitual la enseñanza y práctica de catequesis de un solo culto”, y la trasgresión a la norma federal que constituye “la educación religiosa en horario escolar, dentro del plan de estudios y con el aval de la respectiva autoridad religiosa”. Efectivamente, hasta ahora era la autoridad eclesiástica católica la que determinaba los contenidos de las clases y la habilitación de los docentes, actuando por sobre la autoridad administrativa del Estado.
La sentencia concluye que esto “favorece conductas discriminatorias hacia los niños y niñas que no integran el grupo religioso predominante ni ningún otro, generando, de este modo, mayor desigualdad».
El pronunciamiento de la Corte Suprema de Argentina dispone el cese de todo rito religioso durante la jornada escolar, poniendo fin además a la obligación impuesta a los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban “educación religiosa”. Por su parte el juez Horacio Rosatti, integrante de la minoría en esta resolución, exhortó a las autoridades de Salta a “controlar socialmente el respeto por la tolerancia y pluralidad religiosa y de pensamiento, sin discriminación alguna”.